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El día 3 celebramos la fiesta de San Blas. En la capilla de San Pedro de Mondariz-Balneario habrá Misa a las 9,10,11 y 12 de la mañana; y en la iglesia de San Cipriano de Paredes a las 12 de la mañana.
Ese mismo día a las 7 de la tarde comenzaremos la novena a la Virgen de Lourdes en Mondariz-Balneario con exposición del Santísimo y Rosario a las 7 de la tarde, los otros días la novena será a las 7 precedida del rezo del Rosario (salvo el domingo que será a las 12´30).
El día de Lourdes a las 11 de la mañana se celebrará la Santa Misa por los enfermos y a las 7 de la tarde la Misa Solemne y a continuación la procesión de las velas.
Todos los días habrá oportunidad de recibir el sacramento de la Penitencia media hora antes de la celebración de la Santa Misa.
El miércoles 18 comienza la Cuaresma, a las 7 tendremos la bendición e imposición de la ceniza en Mondariz-Balneario, y el domingo 22 (I de Cuaresma) en Paredes y en Vilar. La Cuaresma es un tiempo de penitencia. Vamos a recordar lo que nos recuerda el Código de Derecho Canónico:
De los días de penitencia
1249 Todos los fieles, cada uno a su modo, están obligados por ley divina a hacer penitencia; sin embargo, para que todos se unan en alguna práctica común de penitencia, se han fijado unos días penitenciales, en los que se dediquen los fieles de manera especial a la oración, realicen obras de piedad y de caridad y se nieguen a sí mismos, cumpliendo con mayor fidelidad sus propias obligaciones y, sobre todo, observando el ayuno y la abstinencia, a tenor de los cánones que siguen.
1250 En la Iglesia universal, son días y tiempos penitenciales todos los viernes del año y el tiempo de cuaresma.
1251 Todos los viernes, a no ser que coincidan con una solemnidad, debe guardarse la abstinencia de carne o de otro alimento que haya determinado la Conferencia Episcopal; ayuno y abstinencia se guardarán el Miércoles de Ceniza y el Viernes Santo.
1252 La ley de la abstinencia obliga a los que han cumplido catorce años; la del ayuno, a todos los mayores de edad, hasta que hayan cumplido cincuenta y nueve años. Cuiden sin embargo los pastores de almas y los padres de que también se formen en un auténtico espíritu de penitencia quienes, por no haber alcanzado la edad, no están obligados al ayuno o a la abstinencia.
1253 La Conferencia Episcopal puede determinar con más detalle el modo de observar el ayuno y la abstinencia, así como sustituirlos en todo o en parte por otras formas de penitencia, sobre todo por obras de caridad y prácticas de piedad (En España se puede sustituir la abstinencia de los viernes que no sean de cuaresma por otra penitencia u obra buena).
Este mes fallecieron: Angelina Arjones y María Enes Faro. DEP.